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NORMAS QUE REGULAN LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO

Se garantiza el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en las condiciones que se determinan en:

• La Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria  del embarazo.

• Real Decreto 825/2010, de 25 de junio , de desarrollo parcial de la ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria  del embarazo.

• Real Decreto 831/2010, de 25 de junio,  de garantía de la calidad asistencial de la prestación a la interrupción voluntaria del embarazo.

Estas condiciones se interpretarán en el modo más favorable para la protección y eficacia de los derechos fundamentales de la mujer que solicita la intervención, en particular, su derecho al libre desarrollo de la personalidad, a la vida, a la integridad física y moral, a la intimidad, a la libertad ideológica y a la no discriminación.
 

 

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