ACCESOS DIRECTOS
Convenio especial de prestación de asistencia sanitaria
QUÉ ES EL CONVENIO ESPECIAL
El convenio especial es una forma de acceso a las prestaciones de asistencia sanitaria mediante el pago de una contraprestación económica.
- Ver/Descargar Real Decreto.
- Ver/Descargar Orden de 22 de septiembre de 2014 publicada en el BOA.
- Ver/Descargar Modelo de Convenio Especial.
QUIÉN PUEDE FORMALIZARLO
Aquellas personas que:
- No tienen la condición de aseguradas ni beneficiarias del Sistema Nacional de Salud por ningún título.
- Acrediten la residencia efectiva en España durante un periodo continuado mínimo de un año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud del convenio especial.
- Están empadronadas, en el momento de presentar la solicitud, en algún municipio perteneciente al ámbito territorial al que extienda sus competencias la administración pública competente para su suscripción.
CUOTA MENSUAL
La suscripción del convenio conlleva abonar una cuota mensual a la administración pública con la que se suscriba el convenio:
- Si el suscriptor es menor de 65 años: cuota mensual 60 euros.
- Si el suscriptor tiene 65 o más años: cuota mensual 157 euros.
CÓMO SE TRAMITA
- El interesado/a presentará la solicitud (pdf 170 kB. Revisado: 06/07/2018) en un registro oficial junto con los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos.
- La administración pública competente le comunicará la aceptación o no para la suscripción del convenio mediante una resolución en un plazo máximo de 30 días contados desde el siguiente al que se reciba la solicitud. Transcurrido este plazo sin notificación, se entenderá estimada.
- Las personas interesadas, dispondrán de un plazo máximo de tres meses, contados a partir del día siguiente en el que se notifique la resolución, para la formalización del convenio.
- El convenio especial surtirá efectos el mismo día de su formalización.
- Para la extinción del convenio especial, el/la interesado/a o representante, remitirá la solicitud de extinción (pdf 35,1 kB. Revisado: 06/07/2018) en un registro oficial.
A QUÉ DA DERECHO
- Prestaciones de la cartera común básica.
- La asistencia en todo el territorio nacional y con continuidad asistencial.
Documentos relacionados
- Documento 'SOLICITUD_EXTINCION_CONVENIO.pdf'. (PDF 0,12MB. Revisado: 01/02/2019) (Abre una nueva ventana)
- Documento 'Orden_22_septiembre_2014_Convenio_Especial.pdf'. (PDF 0,28MB. Revisado: 02/12/2014) (Abre una nueva ventana)
- Documento 'ANEXO II_CONVENIO_ESPECIAL.pdf'. (PDF 0,23MB. Revisado: 02/12/2014) (Abre una nueva ventana)
- Documento 'ANEXO_I_CONVENIO_ESPECIAL.pdf'. (PDF 0,43MB. Revisado: 01/02/2019) (Abre una nueva ventana)
- Documento 'BOE_Convenio_especial_asistencia_sanitaria.pdf'. (PDF 0,19MB. Revisado: 27/10/2013) (Abre una nueva ventana)
Información relacionada
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