ACCESOS DIRECTOS

Información de interés sobre la atención sanitaria a personas afectadas por el conflicto de Ucrania

De acuerdo con la Directiva 2001/55/CE del Consejo de la UE todos los ucranianos desplazados tienen derecho de forma automática a residir, trabajar o estudiar en la Unión Europea un año prorrogable hasta tres años, sin tener que solicitar asilo. Entre los derechos que implica esta Directiva se encuentra el derecho a la atención sanitaria. En nuestro país, con fecha 10 de marzo de 2022 se ha publicado la «Orden PCM/169/2022, de 9 de marzo, por la que se desarrolla el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania». Este reconocimiento afecta tanto a los nacionales de Ucrania como a los de terceros países que residieran en Ucrania en el momento del conflicto y que hayan sido afectados por el mismo o a residentes en España que no puedan volver a Ucrania por ese motivo. 

Acceso a la asistencia sanitaria

Las personas afectadas por el conflicto en Ucrania que precisen asistencia sanitaria, y todavía no hayan podido solicitar la protección temporal, contactarán con el centro de salud próximo al domicilio, donde se le orientará al tipo de consulta (urgente/demanda) y profesional que precisen. Siempre deberán acreditar su identidad.

¿Qué centro me corresponde por domicilio?

https://www.saludinforma.es/portalsi/web/salud/centros-asistencia/localizador-centros/centro-que-me-corresponde

¿Cómo solicito la asistencia sanitaria?

Si están en posesión del Resguardo de presentación de solicitud de protección temporal expedido por la Policía Nacional, deberán dirigirse al Servicio de admisión del Centro de Salud que les corresponda por su domicilio y presentar la siguiente documentación:

  • Documento que acredita la identidad (por regla general el pasaporte de su país)
  • Empadronamiento (si lo tiene, no será requisito)
  • Resguardo de presentación de solicitud de protección temporal para personas desplazadas, expedido por la Policía Nacional o la resolución de concesión de la protección temporal acordado por parte del Ministerio del Interior.

Al dar el alta en Base de Datos de Usuarios (BDU) se le entregará documento acreditativo de "situación especial"

Cobertura sanitaria en todo el territorio nacional y aportación farmacéutica del 40%

Si necesita asistencia sanitaria urgente independientemente de que se haya completado el procedimiento de regularización de su situación administrativa, es prioritaria la atención a las necesidades sanitarias urgentes de la población refugiada. 

¿Dónde acudir para atención sanitaria urgente?

https://www.saludinforma.es/portalsi/web/salud/centros-asistencia/donde-acudir-para-atencion-urgente

Servicio de traducción telefónica

Existe un Servicio de Traducción telefónica para facilitar la comunicación de los profesionales con aquellos pacientes que no dominen el idioma español. 

      https://www.saludinforma.es/portalsi/web/salud/tramites-gestiones/traduccion- telefonica

Mascotas

Las familias que lleguen acompañadas de una mascota (perro, gato o hurón) es OBLIGATORIO que sigan las siguientes instrucciones: 

  • Acudir de forma urgente con la mascota a cualquier centro veterinario de Aragón.
  • Si han podido traer la documentación de la mascota, deberán presentarla en el centro veterinario. Si no es así, el veterinario regularizará su situación sanitaria y le facilitará toda la documentación sanitaria.
  • En el centro veterinario valorarán las actuaciones a realizar.
  • Todas las actuaciones incluidas en el protocolo serán sin coste.
 
 
Fecha de actualización 
06/04/2022